A partir del 12 de mayo de 2019, entra en vigor el Real Decreto – Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

 

Esta normativa de obligado cumplimiento entrará en vigor el próximo domingo 12 de mayo de 2019, y tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los límites de en materia de jornada laboral, crear un marco jurídico seguro y efectivo para las empresas y trabajadores y, por último, establecer mecanismos de control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La administración a través de esta medida busca el establecimiento legal de una jornada laboral máxima, intentando proteger al trabajador de un tiempo de trabajo superior a lo establecido en la legislación española y así luchar contra la precarización del mercado laboral.

 

¿Qué supone esta nueva normativa para el trabajador?

Esta reforma está diseñada con el objetivo de proteger a los trabajadores de una posible explotación de sus labores contractuales, por lo tanto, las novedades para el empleado son sencillas. El empleado deberá marcar el registro a diario y verificar si sus marcajes son correctos cuando la empresa se los mande con el objetivo de calcular el abono de sus retribuciones.

 

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